jueves, 13 de noviembre de 2014

Como Registrar una Offhore (Sociedad Anónima) en Panamá?

SOCIEDAD ANÓNIMA EN PANAMA

Los requisitos para constituir una sociedad anónima en Panamá:

1. El nombre para la Sociedad Anónima: recomendamos tener tres (3) opciones a fin que no haya una sociedad con el mismo nombre.

2. Nombre y domicilio de los subscriptores: Para ahorrar costos y agilizar el proceso, nosotros asignamos dos personas para que firmen el acuerdo requerido y una vez la sociedad se encuentre registrada e inscrita en el Registro Público de Panamá, estas personas emitirán y firmarán una renuncia a todos sus derechos, intereses u obligaciones que pudiesen tener como suscriptores del Pacto Social. Este documento es debidamente notariado y entregado al cliente.

3. Los objetos a los cuales podrá dedicarse la sociedad: En Panamá la sociedad puede tener varios usos. Es importante describirlos en el documento de constitución, sin embargo, se le pueden dar otros usos sin necesidad de modificar el documento constitutivo.

4. El capital social: El capital social de las sociedades anónimas panameñas no requieren que sea pagado para tener validez luego de su incorporación, por lo cual usted puede declarar el capital social que considere necesario, con la única diferencia que el pago de los derechos de registro varian según el monto del capital. Habitualmente se constituyen con un capital de USD10,000.00, en realidad el tema del capital social es básicamente una formalidad y este también podrá ser aumentado en cualquier momento.

5. Distribución Accionaria y Clases de Acciones: La emisión de acciones tanto nominativas como acciones al potador. Cualquiera persona natural o jurídica, de cualquier tipo, nacional o extranjera, puede ser tenedor o dueño de acciones de la sociedad; no existe requisito alguno sobre su nacionalidad, residencia legal, ni se requiere su presencia en Panamá. Una sola persona puede ser el propietario de todas las acciones de la sociedad. El accionista de la sociedad, es decir, el verdadero dueño de la sociedad panameña, no aparece dentro del documento de constitución de la sociedad. Este se registra en un libro de acciones que es privado.

6. El nombre y domicilio de sus directores y dignatarios: La legislación establecen un mínimo de 3 directores. Puede haber Presidente, Secretario, Tesorero y cualquier otro cargo que se estime conveniente. Una persona natural o jurídica podrá desempeñar dos cargos. Nuestra oficina ofrece el servicio de directores si así lo requieren. Los directores pueden ser de cualquier nacionalidad, en el caso de extranjeros deberán cumplir con los documentos de debida diligencia.

7. El nombre y domicilio del agente residente: El agente residente en este caso nuestra firma, registra el pacto social al momento que la sociedad anónima es constituida. Por ley toda sociedad anónima constituida en Panamá debe poseer un agente residente en la República de Panamá.

Contáctenos para mas información, envienos un correo a info@panamaoffshoreconsultor.com

1 comentario:

  1. En mi país Paraguay, tambien se registra de la misma manera.

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